Reglamento de la Ley del IVA

Reglamento del IVA

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Reglamento de la Ley del IVA

Artículo 24. Las solicitudes de devolución de crédito fiscal a que se refieren los artículos 23 y 23 ”A” de la Ley, se presentarán en el formulario de solicitud que autorice la Administración Tributaria, debiendo el contribuyente consignar como mínimo la información que en el se solicite.

De conformidad con lo establecido en las literales a y c del tercer párrafo del artículo 23 “A” de la ley, el contribuyente debe acompañar a la solicitud de devolución, original y fotocopia de las diez facturas de mayor valor de cada período mensual que integran el monto por el cual solicita devolución de crédito fiscal.

Asimismo y cuando la Administración Tributaria lo requiera, deberá presentar lo siguiente:

 

a) Integración de las constancias de exención recibidas, durante el período por el cual solicita devolución.

 

 

b) Cédula de Vecindad del contribuyente o del representante legal. En caso de ser extranjero deberá presentar su pasaporte.

 

 

c) En el caso de ser persona jurídica, nombramiento del representante legal.

 

 

d) Patente de comercio de sociedad y patente de comercio de empresa, cuando corresponda.

 

Sin perjuicio de la facultad de la Administración Tributaria de solicitar documentación adicional que considere necesaria y de constatar la veracidad y autenticidad de la misma.



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