Reglamento del IVA
Artículo 18. El débito fiscal mensual se determina de la forma siguiente:
El total de las ventas o servicios gravados se divide entre uno punto doce (1.12) para determinar la base imponible. Dicha base se multiplica por cero punto doce (0.12), obteniendo así el impuesto.Los pequeños contribuyentes determinarán su débito fiscal de acuerdo al procedimiento contenido en el numeral anterior, excepto cuando opten por el régimen de cuota fija trimestral a que se refiere el artículo 50 de la Ley.
El débito fiscal del período, se aumentará con el impuesto incluido en el precio establecido por el vendedor o el prestador de servicios en las notas de débito a que se refiere el artículo 29, inciso b), de la Ley, emitidas dentro del mismo período impositivo.
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