LEY DE CREACION DE LOS HAMBIENTES LIBRES DE HUMO DE TABACO
MINISTERIO DE SALUD PÚBLICA Y ASISTENCIASOCIAL
Acuérdese emitir el siguiente: REGLAMENTO DE LA LEY DE
CREACIÓN DE LOS AMBIENTES LIBRES DEHUMO DE TABACO.
ACUERDO GUBERNATIVO No. 137-2009
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
Que de conformidad con la Constitución Política de la República de Guatemala, el goce de la salud es derecho fundamental del ser humano, sin discriminación alguna y el estado velará por la salud y la asistencia social de todos los habitantes, desarrollando, a través de sus instituciones, acciones de prevención, promoción, rehabilitación, coordinación y las complementarios pertinentes a fin de procurarles el más completo bienestar físico, mental y social.
CONSIDERANDO:
Que el consumo de tabaco y la exposición al humo de tabaco son un grave riesgo para la salud de la población y se ha demostrado que son causa de enfermedad, discapacidad y muerte. En tal sentido, el Congreso de la República, con fecha veinticuatro de noviembre del dos mil ocho, emitió el decreto 74-2008, Ley de Creación de los Ambientes Libres de Humo de Tabaco, la cual tiene, entre otros objetivos, establecer ambientes libres de humo de tabaco para la prevención de la salud y protección de la población, lo cual debe reglamentarse por lo que es imperativo la emisión de la presente disposición legal.
POR TANTO:
En ejercicio de las funciones que le asigna el artículo 183literal e) de la constitución Política de la República de Guatemala, y, con fundamento en el artículo 6 del
Decreto 74-2008 del Congreso de la República, Ley de Creación de los Ambientes Libres de Humo de Tabaco.
ACUERDA:
Emitir el siguiente:
“REGLAMENTO DE LA LEY DE CREACIÓN DE LOS AMBIENTES
LIBRES DE HUMO DE TABACO “
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