Reglamento del ISR
ARTÍCULO 6. ACREDITAMIENTO DE LA BASE LEGAL. Las personas a que se refieren los incisos c), d), ll) y o) del artículo 6 de la Ley, deben describir y acreditar ante la Administración Tributaria, la situación que justifique aplicar la disposición legal que establece la exención correspondiente.Dicho acreditamiento lo deberán hacer efectivo, al momento de su inscripción.
Para mantenerte al tanto de todas las actualizaciones de este sitio, deberias seguirnos @nuestrodiamante.
Sitio gratuito gracias a Ingenieros de Sistemas Asociados, S.A., que no se responsabiliza del uso, interpretación y presentación del contenido de este sitio.