LEY ORGANICA DEL MINISTERIO PUBLICO

DECRETO NUMERO 40-94

LEY ORGANICA DEL MINISTERIO PUBLICO


DECRETO NUMERO 40-94

ARTICULO 79. Trámite y reglamento.  El Consejo del Ministerio Público tendrá a su cargo toda la organización y trámite de los concursos; elaborará el reglamento respectivo y las modificaciones necesarias.

 Mantendrá actualizados los expedientes de los candidatos que integran las listas respectivas.

 


Para mantenerte al tanto de todas las actualizaciones de este sitio, deberias seguirnos @nuestrodiamante.


Sitio gratuito gracias a Ingenieros de Sistemas Asociados, S.A., que no se responsabiliza del uso, interpretación y presentación del contenido de este sitio.