LEY ORGANICA DEL MINISTERIO PUBLICO

DECRETO NUMERO 40-94

LEY ORGANICA DEL MINISTERIO PUBLICO


DECRETO NUMERO 40-94

ARTICULO 39.  Reuniones Periódicas.  El Fiscal General convocará a reuniones periódicas con los fiscales de distrito y fiscales de sección a fin de evaluar la marcha de servicio, dictar instrucciones, solicitar consultas o discutir asuntos.

 


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