LEY ORGANICA DEL MINISTERIO PUBLICO

DECRETO NUMERO 40-94

LEY ORGANICA DEL MINISTERIO PUBLICO


DECRETO NUMERO 40-94

ARTICULO 41.  Oficina de Protección de Sujetos Procesales en Materia Penal.  Suprimido.  El presente artículo fue derogado por el artículo 22 del Decreto 70-96 del Congreso de la República, publicado el 27 de septiembre de 1996.


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