LEY ORGANICA DEL MINISTERIO PUBLICO

DECRETO NUMERO 40-94

LEY ORGANICA DEL MINISTERIO PUBLICO


DECRETO NUMERO 40-94

ARTICULO 37.  Fiscalía de la Mujer.  Esta Fiscalía tendrá a su cargo la intervención del Ministerio Público en los procesos que involucren a una o varia mujeres y que tengan relación con su condición de mujeres.  Contará con la asesoría de especialistas en la materia respectiva.

 


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