LEY ORGANICA DEL MINISTERIO PUBLICO

DECRETO NUMERO 40-94

LEY ORGANICA DEL MINISTERIO PUBLICO


DECRETO NUMERO 40-94

ARTICULO 43.  Calidades.  Para ser agente fiscal se requiere ser mayor de treinta años, poseer el título de abogado y notario, ser guatemalteco de origen, y haber ejercido la profesión de abogado por tres años, o en su caso, la de juez de primera instancia o auxiliar fiscal por el mismo período de tiempo.

Los agentes fiscales gozarán del derecho de antejuicio, el cual será conocido por las Sala de la Corte de Apelaciones.


Para mantenerte al tanto de todas las actualizaciones de este sitio, deberias seguirnos @nuestrodiamante.


Sitio gratuito gracias a Ingenieros de Sistemas Asociados, S.A., que no se responsabiliza del uso, interpretación y presentación del contenido de este sitio.