LEY ORGÁNICA DEL INSTITUTO NACIONAL DE CIENCIAS FORENSES DE GUATEMALA

DECRETO NÚMERO 32-2006

LEY ORGÁNICA DEL INSTITUTO NACIONAL DE CIENCIAS FORENSES DE GUATEMALA


DECRETO NÚMERO 32-2006

Artículo 17. Requisitos. Para ser nombrado como Director General del INACIF, se requiere cumplir con lo siguiente:

a) Ser guatemalteco en ejercicio de sus derechos civiles;

b) Poseer grado universitario de licenciatura y alguno de los siguientes títulos; médico y cirujano, químico biólogo, químico, químico y farmacéutico o abogado y notario, con especialidad en criminalística.

c) Ser colegiado activo.

d) Tener por lo menos cinco años de experiencia en el ejercicio de la profesión forense

y/o en administración de instituciones similares; y,

e)No Incurrir en ninguno de los impedimentos que establece el artículo 12 de la presente Ley.


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