LEY ORGÁNICA DEL INSTITUTO NACIONAL DE CIENCIAS FORENSES DE GUATEMALA
Artículo 50. Recursos temporales. El Organismo Judicial, Ministerio Público y Ministerio de Gobernación deberán proveer de oficinas, equipo y personal administrativo durante el proceso de organización del INACIF, y para la selección del personal que será contratado por este.
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