LEY ORGÁNICA DEL INSTITUTO NACIONAL DE CIENCIAS FORENSES DE GUATEMALA

DECRETO NÚMERO 32-2006

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DECRETO NÚMERO 32-2006

Artículo 14. Obligatoriedad de rendir informe. Los funcionarios y empleados del INACIF, están obligados a acudir e informar al Consejo Directivo, verbalmente o por escrito, cuando éste se los requiera.


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