LEY ORGÁNICA DEL INSTITUTO NACIONAL DE CIENCIAS FORENSES DE GUATEMALA

DECRETO NÚMERO 32-2006

LEY ORGÁNICA DEL INSTITUTO NACIONAL DE CIENCIAS FORENSES DE GUATEMALA


DECRETO NÚMERO 32-2006

Artículo 39. Nombramiento. El Auditor Interno será nombrado por el Consejo Directivo del INACIF, quien tendrá que cumplir los requisitos siguientes:

a) Ser guatemalteco y estar en el ejercicio de sus derechos;

b) Ser contador público y auditor, colegiado activo;

e) Tener por lo menos cinco años de ejercicio profesional;

d) No tener parentesco con ninguno de los miembros del Consejo Directivo ni con el Director General;

e) No haber sido condenado en juicio de cuentas; y,

f) Ser una persona de reconocida honorabilidad y experiencia en la materia.


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