LEY ORGÁNICA DEL INSTITUTO NACIONAL DE CIENCIAS FORENSES DE GUATEMALA

DECRETO NÚMERO 32-2006

LEY ORGÁNICA DEL INSTITUTO NACIONAL DE CIENCIAS FORENSES DE GUATEMALA


DECRETO NÚMERO 32-2006

Artículo 2. Fines. El INACIF tiene como finalidad principal la prestación del servicio de Investigación científica de forma independiente, emitiendo dictámenes técnicos científicos.

Artículo 3. Domicilio y sede. Su domicilio se constituye en el departamento de Guatemala y  su sede en la ciudad capital; podrá establecer oficinas o delegaciones en los departamentos o municipios del país.


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