LEY ORGÁNICA DEL INSTITUTO NACIONAL DE CIENCIAS FORENSES DE GUATEMALA
Artículo 2. Fines. El INACIF tiene como finalidad principal la prestación del servicio de Investigación científica de forma independiente, emitiendo dictámenes técnicos científicos.
Artículo 3. Domicilio y sede. Su domicilio se constituye en el departamento de Guatemala y su sede en la ciudad capital; podrá establecer oficinas o delegaciones en los departamentos o municipios del país.
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