LEY ORGANICA DE LA CONTRALORIA GENERAL DE CUENTAS
ARTICULO 15. Función principal de Subcontralor de Probidad. El Subcontralor de Probidad tiene la función principal de velar por una honesta y proba administración pública y por la transparencia en el manejo de los recursos y bienes del Estado y de sus entidades, organismos e instituciones, así como por parte de los dignatarios, autoridades, funcionarios y servidores públicos.
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