Ley del IVA en Guatemala actualizada hasta el decreto 10-2012
ARTICULO 42. Falta de formularios. Si por alguna circunstancia no se dispone en un momento dado de los formularios de declaración, ello no exime a los obligados de declarar y de pagar oportunamente el impuesto de esta ley.
En tal circunstancia, el contribuyente podrá efectuar su declaración en papel simple o fotocopia de los formularios respectivos, y cumplir con todos los requisitos que establece esta ley.
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