Ley del IVA Guatemala Actualizada hasta el decreto 4-2012

Ley del IVA impuesto al valor agregado de Guatemala

Ley del IVA en Guatemala actualizada hasta el 4-2012


Ley del IVA Actualizada hasta el decreto 04-2012 - Ley no vigente

Articulo 57 “D”. Obligación de presentación electrónica del detalle de las compras y ventas. Los contribuyentes que sean calificados por la Administración Tributaria como especiales, deberán presentar en forma electrónica, cada seis meses, como máximo, informe detallado de las compras y ventas efectuadas en dicho período semestral, en forma cronológica. Dicho informe deberá contener, como mínimo, los siguientes requisitos:

a)        El Número de Identificación Tributaria del comprador o vendedor;

b)        El nombre del comprador o vendedor;

c)         El monto de la compra o venta consignado en las facturas; y,

Fecha de las compras o ventas consignadas en las facturas.


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