Ley del IVA Guatemala Actualizada hasta el decreto 4-2012

Ley del IVA impuesto al valor agregado de Guatemala

Ley del IVA en Guatemala actualizada hasta el 4-2012


Ley del IVA Actualizada hasta el decreto 04-2012 - Ley no vigente

ARTICULO  33.         (Del Decreto Número 60-94 del Congreso de la República).  Transitorio. Los contribuyentes que tuvieren en existencia comprobantes autorizados  conforme  el  Decreto número 27-92 del Congreso de la República, podrán usarlos hasta agotar existencias, previa autorización de la Dirección General de Rentas Internas.  Siempre y cuando en los mismos se consigne por tener espacio el nombre del comprador y si se requiere el espacio para consignar el número de NIT.


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