Ley del ISR Decreto 26-92 del Congreso de la República Incluidas las modificaciones introducidas con el decreto 4-2012
ARTICULO 81. De las denominaciones. Para la correcta interpretación de esta ley se debe entender, salvo indicación en contrario, que cuando se utilicen las expresiones:
a) "La ley" o "de la ley", se refiere al presente decreto.
b) "El reglamento" o "del reglamento", se refiere al reglamento de la presente ley. c) "El impuesto" o "del Impuesto", se refiere al Impuesto Sobre la Renta.
d) "El Ministerio" o "Ministerio", se refiere al Ministerio de Finanzas Públicas.
e) "La Dirección” o administración tributaria, se refiere a la Dirección General de Rentas Internas.
f) "Administraciones Departamentales de Rentas", se refiere a las Administraciones
Departamentales de Rentas Internas de la Dirección General de Rentas Internas.
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