Ley del ISR Guatemala Actualizada al decreto 4-2012

Ley del ISR Guatemala Actualizada hasta el decreto 4-2012

Ley del ISR Decreto 26-92 del Congreso de la República Incluidas las modificaciones introducidas con el decreto 4-2012


Decreto 26-92 Ley del ISR Actualizada hasta el decreto 04-2012 - Vigente hasta 31/12/2012

ARTICULO 60.  Plazos para el pago. El impuesto que resulte de las declaraciones juradas a que se refieren los artículos 54, 55, 61 y 72 de esta ley, deberá pagarse juntamente con la presentación de las declaraciones juradas, dentro de los plazos establecidos en dichos artículos para la presentación de las mismas.

Todo otro pago de impuesto, intereses y multas, determinados o aplicados con previa audiencia por la Dirección, deben efectuarse dentro de los diez (10) días hábiles inmediatos siguientes a la fecha en que el contribuyente o responsable quede legalmente notificado de su obligación. Si interpone recursos, la deuda por tales conceptos será exigible a partir del día siguiente en que quede firme la resolución o la sentencia respectiva, y debe pagarse dentro de los diez (10) días hábiles inmediatos siguientes, de la fecha en que se produce tal acto.


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