Ley del ISR Decreto 26-92 del Congreso de la República Incluidas las modificaciones introducidas con el decreto 4-2012
ARTÍCULO 4. (Del Decreto Número 55-2008 del Congreso de la República de Guatemala). Vigencia. El presente Decreto entrará en vigencia el uno de noviembre del año dos mil ocho y será publicado en el Diario Oficial.
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