LEY DE PROTECCIÓN INTEGRAL DE LA NIÑEZ Y ADOLESCENCIA

DECRETO NÚMERO 27-2003

LEY DE PROTECCIÓN INTEGRAL DE LA NIÑEZ Y ADOLESCENCIA


DECRETO NÚMERO 27-2003

Artículo 6. Tutelaridad. El Derecho de la niñez y adolescencia es un derecho tutelar de los niños, niñas y adolescentes, otorgándoles una protección jurídica preferente. Las disposiciones la presente Ley son de orden público y de carácter irrenunciable.

El Estado deberá velar porque los niños, niñas y adolescentes reciban entre otros:

a)    Protección y socorro especial en caso de desastres;

b)    Atención especializada en los servicios públicos o de naturaleza pública;

c)    Formulación y ejecución de políticas públicas específicas;

d)    Asignación específica de recursos públicos en las áreas relacionadas con la protección a la niñez y juventud adolescencia.

 


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