LEY DE PROTECCIÓN INTEGRAL DE LA NIÑEZ Y ADOLESCENCIA

DECRETO NÚMERO 27-2003

LEY DE PROTECCIÓN INTEGRAL DE LA NIÑEZ Y ADOLESCENCIA


DECRETO NÚMERO 27-2003

Artículo 69. Principios. La formación técnico-profesional obedecerá a los siguientes principios:

a)    Garantía de acceso y asistencia obligatoria a la educación regular.

 b)    Actividad compatible con el desarrollo de los adolescentes.

 c)    Horario especial para el ejercicio de las actividades.

 


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