LEY DE PROTECCIÓN INTEGRAL DE LA NIÑEZ Y ADOLESCENCIA

DECRETO NÚMERO 27-2003

LEY DE PROTECCIÓN INTEGRAL DE LA NIÑEZ Y ADOLESCENCIA


DECRETO NÚMERO 27-2003

Artículo 245. Ordenes de orientación y supervisión. Las órdenes de orientación y supervisión consisten en mandamientos o prohibiciones impuestas por el Juez de Adolescentes en Conflicto con la Ley Penal para regular la conducta de los adolescentes, así como promover y asegurar su formación.

 Las órdenes o prohibiciones durarán un período máximo de dos años y su cumplimiento deberá iniciarse a más tardar un mes después de ordenadas.

 Si se incumple cualquiera de estas obligaciones, el juez podrá, de oficio o a petición de parte, modificar la orden o prohibición impuesta.


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