LEY DE PROTECCIÓN INTEGRAL DE LA NIÑEZ Y ADOLESCENCIA

DECRETO NÚMERO 27-2003

LEY DE PROTECCIÓN INTEGRAL DE LA NIÑEZ Y ADOLESCENCIA


DECRETO NÚMERO 27-2003

Artículo 84. Formulación, ejecución y control. La formulación, ejecución y control de políticas de protección integral a favor de los niños, niñas y adolescentes deberá fundamentarse en los siguientes principios:

 a)    Unidad e integridad de la familia.

b)    Responsabilidad primaria de los padres en cuanto a los derechos y deberes inherentes a la patria potestad, en el marco de principios éticos, cumplidos dentro del ordenamiento legal.

c)    Descentralización.

d)    Desconcentración.

e)    Participación.

f)    Coordinación.

g)    Transparencia.

h)    Sustentabilidad.

i)     Movilización.

j)     Respeto a la identidad cultural.

k)    Interés superior del niño.

 


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