LEY DE PROPIEDAD INDUSTRIAL

DECRETO NUMERO 57-2000

LEY DE PROPIEDAD INDUSTRIAL1


DECRETO NUMERO 57-2000

Artículo 22. Edicto. Además de la información a que se refiere el artículo 26 de la Ley, el edicto que debe publicarse respecto a la solicitud de inscripción de una marca deberácontener la sigui ente información:

a) La marca tal y como se hubiere solicitado, incluyendo sus elementos denominativos,

figurativos y la indicación que la marca ha sido solicitada en color, si fuere el caso;

b) La enumeración de productos o servicios; y

c) Cuando proceda, la mención de que la solicitud se refiere a una marca colectiva o de certificación.


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