LEY DE PROBIDAD Y RESPONSABILIDADES DE FUNCIONARIOS Y EMPLEADOS

DECRETO NUMERO 89-2002

LEY DE PROBIDAD Y RESPONSABILIDADES DE FUNCIONARIOS Y EMPLEADOS


LEY DE PROBIDAD Y RESPONSABILIDADES DE FUNCIONARIOS Y EMPLEADOS

ARTICULO 28. Personas exentas de la presentación de la declaración jurada patrimonial.

Están exentas de presentar Declaración Jurada Patrimonial:

  1. Quienes ejerzan cargos o empleos públicos en forma temporal hasta por un período de un mes contado a partir de la fecha de toma de posesión.

  2. El funcionario o empleado público que fuere trasladado a otro puesto de la administración, excepto que anteriormente estuviere exento de su presentación si por razón del mismo se encontrare obligado.

La *Contraloría General de Cuentas de la Nación está facultada para aclarar las dudas que surjan con relación a la obligación de presentar la declaración jurada patrimonial.

*Error legislativo la Constitución Política de la República la denomina en su Art. 232 “Contraloría General de Cuentas.”

 


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