LEY DE EXPROPIACIÓN

DECRETO NUMERO 529

LEY DE EXPROPIACIÓN


DECRETO NUMERO 529

Artículo 26. Evacuando el traslado oponiéndose a la expropiación o transcurrido el término de siete días sin evacuarlos, el expediente se abrirá a prueba por veinte días, dentro de suyos tres primeros días las partes deberán justificar sus pretensiones.


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