Ley de Emisión del Pensamiento
Artículo 13.- Para salvaguardar el derecho de la libre emisión del pensamiento por cualquier medio queda prohibido decretar la congelación del papel destinado a la prensa, limitar la importación de cualquier maquinaria, enseres y materiales para la emisión del pensamiento, así como denegar las licencias para que funcione en el país las empresas y órganos destinados a estos fines.
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