LEY DE DERECHO DE AUTOR Y DERECHOS CONEXOS

DECRETO NUMERO 33-98

LEY DE DERECHO DE AUTOR Y DERECHOS CONEXOS


DECRETO NUMERO 33-98

ARTICULO 80.- La disposición del párrafo segundo del artículo 79 no es aplicable a:

 a) Obras colectivas;

 b) Obras en colaboración;

 c) Obras audiovisuales;

 d) Obras creadas por encargo y de autor asalariado;

 e) Prólogos, anotaciones, introducciones y presentaciones;

 f) Obras que tengan carácter accesorio respecto a la actividad o al objeto material a los que se destine; y

 g) Obras que no constituyan un elemento esencial de la creación intelectual en la que se integre.

 


Para mantenerte al tanto de todas las actualizaciones de este sitio, deberias seguirnos @nuestrodiamante.


Sitio gratuito gracias a Ingenieros de Sistemas Asociados, S.A., que no se responsabiliza del uso, interpretación y presentación del contenido de este sitio.