LEY DE DERECHO DE AUTOR Y DERECHOS CONEXOS
ARTICULO 129.- Cuando el titular de un derecho protegido por esta ley tuviere motivos fundados para suponer que se prepara una importación o exportación de productos que infringen su derecho, podrá:
a) Solicitar a las autoridades aduanales correspondientes la suspensión de la importación o exportación de que se trate, por un plazo no mayor de diez días hábiles; o
b) Solicitar al juez competente que ordene a las autoridades de aduanas suspender el despacho de esa importación o exportación.
Para mantenerte al tanto de todas las actualizaciones de este sitio, deberias seguirnos @nuestrodiamante.
Sitio gratuito gracias a Ingenieros de Sistemas Asociados, S.A., que no se responsabiliza del uso, interpretación y presentación del contenido de este sitio.