LEY CONTRA LA NORCOACTIVIDAD

LEY CONTRA LA NARCOACTIVIDAD

LEY CONTRA LA NARCOACTIVIDAD Y SUS REFORMAS


DECRETO 48-92

Artículo 58. Informes.  El secreto bancario, no operará en las investigaciones de los delitos a que se refiere la presente ley. La información que se reciba, será utilizada exclusivamente para los fines del Proceso penal y sólo podrá ser ordenada por juez competente de oficio o a solicitud del Ministerio Público


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