LEY CONTRA LA NARCOACTIVIDAD Y SUS REFORMAS
Artículo 10. Autoría - personas jurídicas -. Serán imputables a las personas jurídicas, independiente de la responsabilidad penal de sus representantes, los delitos previstos en esta ley, cuando se tratare de actos realizados' por sus órganos regulares, siempre que se hallaren dentro del giro u objeto normal o aparente de sus negocios.
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