LEY CONTRA EL LAVADO DE DINERO U OTROS ACTIVOS

DECRETO NÚMERO 67-2001

LEY CONTRA EL LAVADO DE DINERO U OTROS ACTIVOS


DECRETO NÚMERO 67-2001

ARTÍCULO 42. Sustitución temporal del Intendente. En caso de ausencia temporal del Intendente de Verificación Especial, por cualquier causa, lo sustituirá el funcionario que el Superintendente de Bancos designe.


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