LEY CONTRA EL LAVADO DE DINERO U OTROS ACTIVOS

DECRETO NÚMERO 67-2001

LEY CONTRA EL LAVADO DE DINERO U OTROS ACTIVOS


DECRETO NÚMERO 67-2001

ARTÍCULO 10. Reserva de investigación. Por la naturaleza de los delitos que la presente ley contempla, con observancia de lo prescrito en la Constitución Política de la República, las diligencias y las actuaciones llevadas a cabo en el curso del procedimiento preparatorio del proceso penal serán reservadas.


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