DECRETO NÚMERO 70-94
ARTÍCULO 37.- Corresponde a la Dirección General de Rentas Internas la correcta aplicación, percepción y fiscalización del impuesto. El Reglamento establecerá los procedimientos y mecanismos aplicables.
Para mantenerte al tanto de todas las actualizaciones de este sitio, deberias seguirnos @nuestrodiamante.
Sitio gratuito gracias a Ingenieros de Sistemas Asociados, S.A., que no se responsabiliza del uso, interpretación y presentación del contenido de este sitio.