DECRETO NÚMERO 1- 98
ARTICULO 35. Régimen de adquisiciones y contrataciones. La adquisición de bienes, suministros y materiales, así como la contratación de servicios que requiera la SAT se regirán por la Ley de Contrataciones del Estado. Se exceptúa la contratación de servicios y delegación de funciones a las que se refiere el artículo 4 de esta ley, las que se regirán por un reglamento que para el efecto emita el Directorio a propuesta del Superintendente.
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