LEY ORGANICA DE LA SUPERINTENDENCIA DE ADMINISTRACION TRIBUTARIA

DECRETO NÚMERO 1- 98

DECRETO NÚMERO 1- 98


DECRETO NÚMERO 1- 98

ARTICULO 21. Dietas. Los integrantes titulares y suplentes del Directorio y los asesores ocasionales percibirán exclusivamente una dieta por reunión a la que asistan. El monto de esta dieta será determinado en el reglamento interno de la SAT.


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