DECRETO NÚMERO 1- 98

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ARTICULO 34. Auditarías. Conforme lo establece la Constitución Política de la República de Guatemala, la SAT estará sujeta a control y auditoría efectuados por la Contraloría General de Cuentas de la Nación. El Directorio, adicionalmente, podrá contratar auditarías externas para revisión de las cuentas propias de la SAT, con cargo al presupuesto de la entidad.


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