LEY DE AMPARO, EXHIBICION PERSONAL Y DE CONSCIOTITUNALIDAD

LEY DE AMPARO, EXHIBICION PERSONAL Y DE CONSTITUCIONALIDAD

LEY DE AMPARO, EXHIBICION PERSONAL Y DE CONSCIOTITUNALIDAD


DECRETO NUMERO 1-86

 

ARTICULO 128. Limitación de la jurisdicción del tribunal. Desde que se interpone la apelación, la jurisdicción del tribunal queda limitada a conceder o denegar la alzada.


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