LEY DE AMPARO, EXHIBICION PERSONAL Y DE CONSCIOTITUNALIDAD
ARTICULO 159. Designación del Presidente. En la primera sesión que la Corte de Constitucionalidad celebre después de haber sido instalada, procederá a designar al Presidente y a establecer el orden de los Magistrados vocales conforme a su derecho de asunción a la presidencia.
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