LEY DE AMPARO, EXHIBICION PERSONAL Y DE CONSCIOTITUNALIDAD

LEY DE AMPARO, EXHIBICION PERSONAL Y DE CONSTITUCIONALIDAD

LEY DE AMPARO, EXHIBICION PERSONAL Y DE CONSCIOTITUNALIDAD


DECRETO NUMERO 1-86

ARTICULO 68. Anulación de actuaciones. La Corte de Constitucionalidad podrá anular las actuaciones cuando el estudio del proceso establezca que no se observaron las disposiciones legales, debiéndose reponer las actuaciones desde que se incurrió en nulidad


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