Decreto 20-2006

Fortalecimiento de la administración tributaria

Disposiciones legales para el fortalecimiento de la administración tributaria


Fortalecimiento de la administración tributaria Decreto 20-2006

Artículo 23. Se reforma el último párrafo del artículo 36 del Decreto Número 6-91 del
Congreso de la República, Código Tributario y sus reformas

 

Artículo 23. Se reforma el último párrafo del artículo 36 del Decreto Número 6-91 del
Congreso de la República, Código Tributario y sus reformas, el cual queda así: “Cuando se garantice con fianza el cumplimiento de adeudos tributarios, otras obligaciones tributarias o derechos arancelarios, se regirán por las disposiciones establecidas en las leyes tributarias y aduaneras y supletoriamente en lo dispuesto en el Código de Comercio. De existir controversias, incluyendo su ejecución, las mismas deberán ser solucionadas en la vía sumaria.”


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