Ley de Lo Contencioso Administrativo

EL CONGRESO DE LA REPUBLICA DE GUATEMALA

DECRETO 119-96 * EL CONGRESO DE LA REPUBLICA DE GUATEMALA


DECRETO 119-96 *

Artículo 29. DOCUMENTOS. El actor acompañará los documentos en que funde su derecho, siempre que estén en su poder; en caso contrario, indicará el lugar donde se encuentren o persona que los tenga en su poder, para que el tribunal los requiera en la resolución que le dé trámite a la demanda.


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