Código Procesal Penal

Código Procesal Penal

Código Procesal Penal

Código Procesal Penal

EL CONGRESO DE LA REPUBLICA DE GUATEMALA,

 

CONSIDERANDO:

Que es necesario consolidar el estado de derecho y profundizar el proceso democrático de Guatemala y que para ello debe  garantizarse la pronta y efectiva justicia penal, con lo cual, además, se asegura la paz, la tranquilidad y la seguridad ciudadanas, así como el respeto a los derechos humanos; y que por otra parte, la efectiva persecución de los delincuentes y la sanción de las conductas que lesionan los bienes jurídicos, sociales e individuales de los guatemaltecos es una de las prioridades y demandas sociales más urgentes.

 

POR TANTO,

El Congreso de la República de Guatemala con el fin de dotar a la sociedad de los instrumentos legales que permitan el combate a la impunidad y el acceso a la justicia penal y con el fundamento en los Artículos 157,174,175,176,179 y 180 de la Constitución Política de la República de Guatemala,

                                                                                                                             

DECRETA:

El siguiente

 

CÓDIGO PROCESAL PENAL

LIBRO PRIMERO

DISPOSICIONES GENERALES

TÍTULO I

PRINCIPIOS BASICOS

CAPÍTULO I

DECRETO NÚMERO 51-92

GARANTIAS PROCESALES

ARTÍCULO 1.- No hay pena sin ley. (Nullum poena sine lege): No se impondrá pena alguna si la ley no la hubiere fijado con anterioridad.

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