CODIGO PROCESAL CIVIL Y MERCANTIL

CODIGO PROCESAL CIVIL Y MERCANTIL

CODIGO PROCESAL CIVIL Y MERCANTIL


CODIGO PROCESAL CIVIL Y MERCANTIL

Artículo 32. (Personal administrativo). Los oficiales y demás empleados se sujetarán a las prescripciones del Reglamento General de Tribunales y estarán, así como los notificadores, a las órdenes inmediatas del Secretario.


Para mantenerte al tanto de todas las actualizaciones de este sitio, deberias seguirnos @nuestrodiamante.


Sitio gratuito gracias a Ingenieros de Sistemas Asociados, S.A., que no se responsabiliza del uso, interpretación y presentación del contenido de este sitio.