CODIGO PROCESAL CIVIL Y MERCANTIL
Artículo 229. (Materia del juicio sumario). Se tramitarán en juicio sumario: lo. Los asuntos de arrendamiento y de desocupación;37 2o. La entrega de bienes muebles, que no sean dinero; 3o. La rescisión de contratos;38 4o. La deducción de responsabilidad civil contra funcionarios y empleados públicos;39 5o. Los interdictos; y 6o. Los que por disposición de la ley o por convenio de las partes, deban seguirse en esta vía.
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