CODIGO PROCESAL CIVIL Y MERCANTIL
Artículo 271. (Formalización judicial del compromiso). (Derogado por el artículo 55 del Decreto número 67-95 del Congreso de la República.)
Para mantenerte al tanto de todas las actualizaciones de este sitio, deberias seguirnos @nuestrodiamante.
Sitio gratuito gracias a Ingenieros de Sistemas Asociados, S.A., que no se responsabiliza del uso, interpretación y presentación del contenido de este sitio.