DECRETO NUMERO 12-2002 CODIGO MUNICIPAL
ARTICULO 7. El municipio en el sistema jurídico. El municipio, como institución autónoma de derecho público, tiene personalidad jurídica y capacidad para adquirir derechos y contraer obligaciones, y en general para el cumplimiento de sus fines en los términos legalmente establecidos, y de conformidad con sus
características multiétnicas, pluriculturales y multilingües. Su representación la ejercen los órganos determinados en este Código.
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